El blog de Carlos Biurrun

15 Febrero 2009

Siniestros extraordinarios

Archivado en: Accidentes — Carlos Biurrun @ 09:26
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EUSKADI Y LOS SINIESTROS EXTRAORDINARIOS

(por Juanjo Lecanda)

 

ESPAÑA-TEMPORALHace unas pocas fechas comentaba algunos aspectos de los vientos huracanados de la noche del 23 al 24 de enero y la actuación del Consorcio de Compensación de Seguros (C.C.S.) y las Entidades Aseguradoras.

Vuelvo sobre el tema a raíz del reportaje de EL CORREO del 1 de febrero.

En general, el trabajo recoge con rigor la descripción de los fenómenos cubiertos por el Consorcio y destaca las cifras de indemnizaciones pagadas. No obstante, me parece necesario realizar unas cuantas ampliaciones:

  • La cobertura de los riesgos extraordinarios abarca los Fenómenos de la Naturaleza (inundaciones, embates del mar, tempestad ciclónica atípica, viento superior a 135 Km/h.) los daños por terrorismo, en ambos casos tanto personales como materiales.
  • El Consorcio interviene obligatoriamente asociada a una Póliza de riesgo de daños (incendios, robo, Accidentes Personales, Vida riesgo, Lunas, etc.) de una Entidad Aseguradora. No hay Pólizas contratadas directamente con el Consorcio como parece deducirse del artículo señalado.
  • El funcionamiento del C.C.S. es el de un SISTEMA DE COMPENSACIÓN: las tarifas son las mismas para toda la geografía nacional y se aplica en función del riesgo asegurado (Hogar, Comercio, Empresa, Vehículos, Personas…). En consecuencia, y como puede verificarse por el sistema del CONSORCIO…, es decir, que las CCAA que tienen riesgo bajo de inundaciones, vientos o terrorismo, subvencionan con cifras importante a EUSKADI.
  • La experiencia histórica, y en especial las Inundaciones de Agosto de 1983, han demostrado que el Organismo Autónomo C.C.S. es un eficaz instrumento para los riesgos extraordinarios… De hecho, la Administración del Estado ha ido ampliando sus competencias iniciales p.e. a la cobertura de Pérdidas de Beneficios, la del VIENTO de más de 135 Km/h., la cobertura subsidiaria de la Responsabilidad Civil Medioambiental…

Sin perjuicio de que haya, en mi opinión, aspectos operacionales que deberían mejorar (coordinación con las Entidades, determinación de la intervención o no del Consorcio, plazos de peritación y liquidación, pagos anticipados de los siniestros, mayor conocimiento del Consorcio por parte de las Aseguradoras…), el C.C.S. es un instrumento muy valioso para la gestión de los riesgos extraordinarios que sirve de referencia a muchos países…

6 Febrero 2009

Accidente aéreo Nueva York

Archivado en: Accidentes — Carlos Biurrun @ 11:47
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dsc02616Mi amigo Eduardo Romero me ha mandado unas fotos muy interesantes sobre el accidente aéreo de Nueva York y que las publico en la página de este blog “Fotografías“.

La pericia del piloto, con amplia experiencia y trabajando en una empresa que da importancia a la formación y a la práctica de simulaciones en situación de emergencia, fue una de las razones de que no hubiera ni una sola víctima.

Además, los servicios de protección civil de la ciudad de Nueva York, la actuación de los barcos que navegaban por el Hudson y la magnífica reacción de tripulación y pasajeros también contribuyeron al resultado tan positivo.

Los que trabajan en la protección civil y todos los ciudadanos tenemos que aprender a sacar lecciones de situaciones como la que comentamos.

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